En aplicación del artículo 30 del Convenio de Kutxa, en Febrero (y Agosto) toca abonar el complemento de sustitución de Director de Sucursal.
El complemento es de 18€/día, y se pagará íntegramente si la sustitución tiene una duración diaria de, al menos, tres horas y media. Y si es inferior, se abonará la mitad del importe diario del complemento.
Para todos aquellos que gustan de interpretar lo que no está escrito, decirles que:
- En ningún punto del artículo 30 se habla de topes de dinero.
- No está escrito en ningún lugar que si el Director está “localizable por teléfono”, no se paga el plus.