Algunos «jefes pendencieros del oeste del Nervión» ya han empezado a visitar departamentos de este lado de la muga y a «comunicar» a sus chicos guipuzcoanos cosas del estilo de «para tal día te vas a Bilbao».
En este punto debemos recordar varias cosas:
1 – Los traslados que supongan un cambio de domicilio se deben comunicar OFICIALMENTE por escrito y con 30 días de antelación como mínimo, además la comunicación la realiza RECURSOS HUMANOS. El jefe como mucho puede «sondear».
2 – El acuerdo laboral recoge TODOS los traslados que se originen por motivo de la integración.
3 – Estos traslados pueden ser DEFINITIVOS o TEMPORALES, y TODOS tienen derecho a las COMPENSACIONES recogidas en el acuerdo.
3a) DEFINITIVOS: Como los 170 que han hecho en expansión. Como resumen: Se tiene derecho durante 4 años al pago del alquiler, los gastos de la mudanza y 7.000€ al año.
3b) TEMPORALES: Todavía no se ha comunicado ninguno. Como resumen: Serán como máximo por 3 años y garantía de vuelta al municipio del centro de origen. Tienen derecho a gastos de mudanza tanto en la ida como en el retorno, pago del alquiler, 2000 euros anuales y 500 mensuales en concepto de dieta alimenticia.
En ambos casos se puede solicitar la BAJA INCENTIVADA que para algunos compañeros es UNA PASTA.
En los 2 casos se tienen 5 días de permiso retribuido para efectuar el traslado, y alguna otra cuestión relativa al tratamiento de los préstamos vivienda recogida en el acuerdo.
Las reglas están muy claras, no nos pongamos nerviosos.
Nos ponemos a vuestra disposición para cualquier consulta en el 943001787, en p-k@kutxa.es o a través de cualquiera de nuestros delegados.
Sí, nos ponemos nerviosos y con razón, porque el que te manden a Bilbao no significa que quieras ni que puedas trasladarte a vivir allí y cobrar esas compensaciones acordadas, y sí que significa perder horas de tu tiempo y dinero para desplazarte hasta allí con todo lo que conlleva. Creo que es hora de que os pregunteis a cuántos empleados (que no sean los trasladados desde expansión) se les ha aplicado el acuerdo laboral y a cuántos les han trasladado su puesto de trabajo a Bilbao ya sea permanente, algunos días a la semana o de forma temporal (sin fecha de finalización marcada).
El traslado, movimiento o desplazamiento a Bilbao, aunque sea para 10 minutos, no debe suponerle una perdida de dinero a nadie. No sólo el acuerdo laboral, sino también el convenio recogen el modo en el que debe compensarse ese gasto. Si a alguien no se lo están compensando debe reclamarlo.
Donostia. Plaza de Pío XII. Pseudo-estación de autobuses. 6,30h GMT. Salida del único autobús Pesa destino Bilbao a esa hora. (Calcúlese la hora de salida de casa en función del lugar de residencia de cada cual: Irunaldea, Donostialdea, Tolosaldea, edozein lekualdea…). Antes por supuesto se ha tenido que pasar por taquilla para comprar el billete; si es que todavía quedan. Duración del viaje: 1h 20 min. Corre corre que no llego para coger el metro y en dos paradas te sitúas jadeante delante del edificio donde han trasladado tu lugar de trabajo. Jornada laboral en el ombligo del mundo mientras piensas lo afortunado que eres. Finalizas la jornada laboral y corre corre que lo pierdo hasta la boca del metro para llegar a Termibús. Compra el billete de Pesa, si quedan, y 1h 20 min. de vuelta. De nuevo y a saber a qué hora eso sí GMT, te sitúas en la “intermodal de Pío XII” (conexiones con Dbus). Desde allí ¡AL FIN! a tu casa. ¡¡Merde alors!!, se me ha olvidado comprar el billete de Pesa de mañana. Y así todos los días durante el resto de tu vida laboral.
Compensación económica diaria; unos 26 euros ¿en nómina.?
Compañeros de pixkanakakaskari: ¿de verdad creéis que este cutrerío se compensa de este modo.?
Más vale que todos los sindicatos deis por finalizado ese viaje por la nubes en el que os encontráis, aterricéis a ser posible en Hondarribi antes de que lo cierren, y partiendo de ahí, negociéis no supliquéis un convenio digno para los trabajadores empleados de banca; no banqueros de esta Entidad financiera.
Si es todos los días durante el resto de tu vida laboral tienes derecho a las opciones de compensación recogidas en el acuerdo laboral y resumidas en la entrada. Y aunque no sea durante el resto de tu vida las compensaciones también están fijadas.
Repetimos, si a alguien no le están aplicando lo que le corresponde debe reclamarlo. La defensa de cada uno empieza por uno mismo y nosotros estaremos ahí para acompañarle en su reclamación.
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